Revista de la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos de Valencia

Último número Revista FCAPA Informa

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Revistas FCAPA Informa

La revista FCAPA informa no es sólo la revista de la Federación, es la revista de todas las Asociaciones de Padres de Alumnos federadas. Queremos que llegue al máximo número posible de lectores y que todas las APAS se vean reflejados en ella participando en su elaboración con su aportación. Esperamos que nos comuniquéis todo aquello que a vuestro juicio tiene cabida en sus páginas: la marcha de la Federación y de las APAS; sus actividades, inquietudes, noticias, artículos de opinión sobre temas que os preocupan o interesan. No olvidéis, siempre que sea posible, mandar fotos para acompañar las noticias o artículos. Colabora con la Revista…

A continuación podrá encontrar los últimos números de la revista FCAPA Informa.

FCAPA Informa número 27

FCAPA Informa número 26

FCAPA Informa número 25

FCAPA Informa número 24

FCAPA Informa número 23

FCAPA Informa número 22

FCAPA Informa número 21

FCAPA Informa número 20

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FCAPA Informa número 17

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FCAPA Informa número 14

FCAPA Informa número 13

FCAPA Informa número 12

FCAPA Informa número 11

Novedades Lomce

La publicación y vigencia de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE núm. 295, 10.12.2013), conlleva diversas novedades en el Sistema Educativo Español que pueden afectar a las familias y que, brevemente, se comentan a continuación para conocimiento y constancia del lector.

 AJENAS A LA ORDENACIÓN ACADÉMICA


lomceAparecen como nuevos principios del Sistema Educativo Español, destacados por su trascendencia para las familias, los dos siguientes:1. El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos; 2. La libertad de enseñanza que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.

 

 Las competencias del órgano colegiado de gobierno del Consejo Escolar del Centro se modifican, pasando a ser un órgano informativo o evaluativo y no decisivo:

  • En los centros de titularidad pública, el Consejo Escolar se limita a evaluar e informar donde antes aprobaba y decidía, concretamente, evalúa y no aprueba la Programación General Anual y los proyectos y normas relativas a su autonomía pedagógica, de organización y de gestión, e informa y no decide sobre la admisión del alumnado y las directrices para la colaboración con la administración local, otros centros, entidades y organismos.
  • En los centros de iniciativa social o privados concertados, el Consejo Escolar se limita a evaluar, informar y conocer donde antes aprobaba, intervenía y resolvía.

 – La selección y el cese tanto del director como del profesorado del centro es competencia del titular, sin que el Consejo Escolar intervenga en las mismas como anteriormente hacía, limitándose a ser informado con antelación a la selección del director y a que el titular siga los criterios de selección establecidos por el Consejo Escolar para la selección del profesorado.

– Conoce de la resolución de conflictos disciplinarios o revisa y propone – en su caso – medidas a instancia de padres, madres o legales representantes del alumnado, perdiéndose la competencia que tenía de resolver los asuntos de carácter grave que pudiera haber en materia disciplinaria del alumnado.

– La programación general anual del centro elaborada por el equipo directivo se informa y evalúa por el Consejo Escolar, perdiendo la competencia que tenía de aprobarla.

– Ahora ya no fija las directrices para la programación y desarrollo de las actividades extraescolares, complementarias y servicios escolares, únicamente informa.

– Tampoco elabora las directrices para la programación y el desarrollo de las actividades extraescolares y los servicios escolares, limitándose a aprobar a propuesta del titular las aportaciones de las familias para su realización.

– Informa de los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas o recreativas, sin que los pueda establecer como ocurría anteriormente.

– No establece relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos, actualmente las favorece.

– Pierde la competencia de aprobar el reglamento de régimen interior del centro, limitándose a informar a propuesta del titular.

lomce2 Para el cumplimiento obligado de las normas de convivencia y conducta del centro se elaborará un Plan de Convivencia que se incorporará a la Programación General Anual, en el que consten todas las actividades que se programen, los derechos y deberes del alumnado, las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento según las circunstancias existentes, y la realización de actuaciones encaminadas a la resolución pacífica de los conflictos. Al respecto, destacar que los miembros del equipo directivo y del profesorado son considerados autoridad pública, por lo que los hechos constatados por ellos tendrán valor probatorio y presunción de veracidad salvo prueba en contrario.

 AJENAS A LA ORDENACIÓN ACADÉMICA


NUEVO DISEÑO CURRICULAR EN PRIMARIA, ESO y BACHILLERATO

 

Las asignaturas se agruparán en tres áreas, sin que su distribución obedezca a la importancia o carácter instrumental o fundamental de las asignaturas, sino a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

 – Área de troncales, de contenidos reglados por el Gobierno, en donde se encuentran las asignaturas que deben ser comunes en todo el territorio y a todo el alumnado para garantizar la adquisición de los conocimientos y competencias esenciales de la etapa, constituyendo el 50% del horario docente.

– Área de específicas, de mayor autonomía para la administración autonómica educativa y los centros docentes, en la que podrán fijar los horarios, los contenidos de las asignaturas, y conformar su oferta.

– Área de libre configuración autonómica, el de mayor nivel de autonomía posible ya que la administración educativa y, en su caso, los centros docentes podrán ofrecer asignaturas de diseño propio que, por ejemplo, podrían consistir en ampliaciones de las materias troncales o específicas existentes. La Comunitat Valenciana tendrá la asignatura Cultura del Poble Valencià.

 EDUCACIÓN PRIMARIA

 – La asignatura de Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural se dividirá en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.

– Se harán pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje en 3º para comprobar el dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática, ante las cuales, el equipo docente podrá adoptar las medidas más adecuadas.

– Habrá una evaluación final en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, sin efectos académicos. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas para todo el sistema educativo con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio.

– Se entregará un informe con el resultado obtenido a familias y centros de Primaria y la E.S.O., y se podrán poner en marcha medidas de apoyo al alumnado y planes de mejora de centros.

 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

 – Habrá un nuevo Consejo orientador a las familias, elaborado por el equipo docente al final de cada curso de la E.S.O., que se encargará de indicar el itinerario educativo más adecuado, las medidas de atención y apoyo más idóneos, y los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento.

– Existirá la posibilidad de agrupar las materias en ámbitos de conocimiento en 1º, facilitando el tránsito entre Primaria y la E.S.O.

 – Habrán nuevos Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento que se implantarán en los cursos de 2º y 3º. El alumnado se incorporará a estos programas a propuesta del equipo docente a las familias, y estarán dirigidos preferentemente al alumnado que presente dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo, comprendiendo adaptaciones organizativas y curriculares, como por ejemplo: agrupación de materias en ámbitos; metodología específica; actividades prácticas; etc.

– A partir de 3º habrá dos opciones de enseñanza: 1. Académicas, para la iniciación al Bachillerato, y 2. Aplicadas, para la iniciación a la Formación Profesional.

– Existirá una limitación de la promoción en la E.S.O. con asignaturas suspensas, ya que no podrán ser simultáneamente Matemáticas y Lengua Castellana o Cooficial.

– Se entregará al alumnado un certificado de estudios cursados al finalizar el primer ciclo (1º-3º), o al finalizar 2º si el alumnado pasa a un ciclo de Formación Profesional Básica.

– Habrá una evaluación final en 4º, que hay que superar para obtener el título de Graduado en la E.S.O. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo Español los criterios de evaluación, las características de las pruebas, y su contenido para cada convocatoria.

– La calificación final será la media de las calificaciones de las asignaturas de la E.S.O. ponderada al 70%, y de la evaluación final ponderada al 30%. Para realizar la evaluación el alumnado solo podrá tener un máximo de dos materias suspensas. Las administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos alumnos que, habiéndose presentado a la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, no la hayan superado.

 BACHILLERATO

 – Habrá tres modalidades: 1. Humanidades y Ciencias Sociales (con dos itinerarios diferenciados), 2. Ciencias, y 3. Artes.

– Para obtener el título de Bachiller será necesario superar la evaluación final y todas las materias de Bachillerato. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo Español los criterios de evaluación, las características de las pruebas, y su contenido para cada convocatoria.

– Habrá una evaluación final en 2º que se centrará en todas las materias troncales generales y dos materias troncales de opción cursadas en cualquiera de los cursos (si implican continuidad se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en 2º), así como una materia específica cursada en cualquiera de los cursos que no sea Educación Física ni Religión.

– La calificación final se obtendrá de la media de las calificaciones las asignaturas de Bachillerato ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%. Al alumnado que supere todas las materias sin superar la evaluación final se le entregará un certificado con efectos laborales y académicos para acceso a los ciclos de Formación Profesional de Grado Superior, siempre y cuando cumpla con el resto de requisitos para el acceso y la admisión a los mismos.

 FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

 – De oferta obligatoria y carácter gratuito con una duración de dos años.

– Se accederá por recomendación del equipo docente de la E.S.O., con el consentimiento de los tutores legales o del propio alumno si está emancipado, con una edad entre 15 y 17 años, tras haber cursado 3º de la E.S.O. o excepcionalmente haber cursado 2º de la E.S.O.

– Se garantizará la adquisición de las competencias básicas del aprendizaje permanente, a través de la impartición de enseñanzas de Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Lengua Cooficial en su caso, Ciencias Sociales, Matemáticas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un campo profesional.

 – Superados los ciclos de Formación Profesional Básica se obtendrá el título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, así como una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, lo que permitirá el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en la E.S.O. tras realizar la pertinente evaluación final.

 FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO

 – Se suprime el requisito de curso o prueba de acceso desde Formación Profesional de Grado Medio a Grado Superior, y se sustituye por un procedimiento de admisión al centro cuando la demanda supere la oferta de plazas.

– La administración educativa podrá ofertar materias voluntarias para ampliar la competencia del aprendizaje permanente, como son la comunicación en Lengua Castellana y Cooficial, las Matemáticas Aplicadas o la comunicación en Lengua Extranjera, y para facilitar el tránsito al grado superior en relación con el campo o sector profesional del que se trate.

– La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo. La formación práctica en empresas será supervisada por las Administraciones educativas. Este sistema puede aplicarse no sólo a los ciclos de Grado Medio, sino también a los de Grado Superior y a la Formación Profesional Básica.

 Para finalizar, se acompaña como Figura I el Calendario de Implantación Curricular de la LOMCE, y como Figura II los nuevos itinerarios del Sistema Educativo Español.

 Figura I

figura_1

SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL LOMCE

sistema_educativo_español

Alejandro López Oliva

Asesor Jurídico de FCAPA

Abogado y profesor de la UCV

Ciclo conferencias, la defensa de la vida «tarea educativa»

Benigno Blanco (Presidente FEF) y Vicente MorroLa Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos de Valencia (FCAPA) puso en marcha el curso pasado una propuesta formativa para la CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA VIDA EN LOS COLEGIOS. Como actividad que se inscribe en ese marco, y ante la situación creada por la próxima modificación legislativa en materia de defensa de la vida humana con la presentación del Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, FCAPA organizó, en colaboración con el Foro Valenciano de la Familia (FVF), el ciclo de conferencias LA DEFENSA DE LA VIDA, TAREA EDUCATIVA.

Todas las conferencias se desarrollaron en el Salón de Actos del Colegio “Sagrada Familia”, cuya entidad titular es el Patronato de la Juventud Obrera –PJO- (Calle Poeta Ricard Sanmartí, 3, -Benimaclet- Valencia. C.P. 46020). El PJO ha desarrollado una gran labor social y educativa durante sus más de 130 años de historia en la ciudad de Valencia. Una de sus principales actividades en la actualidad es la gestión del colegio Sagrada Familia, cuyo ideario, siguiendo la inspiración de Gregorio Gea, fundador del Patronato, está basado en el humanismo cristiano y en la antropología que de él se deriva.

Las tres conferencias fueron:

26 de marzo. 19 horas.

LA NUEVA LEGISLACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA VIDA.

Benigno Blanco Rodríguez, Presidente del FEF.

1 de abril. 19 horas.

¿QUÉ HACER ANTE LA NUEVA SITUACIÓN?

Ignacio García Juliá, Director General del FEF.

8 de abril. 19 horas.

LA DEFENSA DE LA VIDA, TAREA EDUCATIVA.

Vicente Morro López, Vicepresidente del FVF y de FCAPA.

El 26 de marzo, D. Benigno trazó un breve desarrollo histórico de la situación del aborto en nuestra sociedad, deteniéndose especialmente en las últimas décadas y en la situación en Europa Occidental y Estados Unidos. A continuación describió brevemente la situación en España desde el año 1983, año de la primera ley del aborto propuesta en nuestro país, hasta la última modificación del año 2010.

Desarrolló posteriormente la posición del FEF ante el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, resumiéndola en una valoración positiva en conjunto, pues supone un paso adelante en la protección de la vida del no nacido –aunque no es una protección total ni es la norma que desearían todos los activistas provida-. También señaló que existen diversos aspectos negativos en la propuesta y el FEF, junto con REDMADRE, ha propuesto al Ministerio su modificación. También señaló que se ha preparado una propuesta de Ley de Protección a la Maternidad, como complemento a la nueva legislación. Indicó que en la página web del FEF http://www.forofamilia.org/ pueden encontrarse estos y otros documentos interesantes y sencillos para adentrarse en la cuestión de la protección de la vida humana y la familia.

Ciclo conferencias La defensa de la vida 2Finalizó la conferencia invitando a todos los asistentes a participar el espíritu del FEF, “hablar bien de las cosas buenas”, para trabajar, desde el testimonio personal y no solo de palabra, en la defensa de la vida y la familia, para lo que hace falta formarse.

El 1 de abril se desarrolló la segunda jornada del ciclo de conferencias. A esta sesión asistió Dª Lucía Cerón, Secretaria Autonómica de Bienestar Social y Solidaridad, en representación de la Consellería de Bienestar Social.

Esta segunda conferencia tuvo un enfoque eminentemente práctico y de invitación a la acción en diferentes campos y asociaciones en defensa de la vida.

Ciclo conferencias La defensa de la vida 4En primer lugar tomó la palabra Dª. Pilar Muñoz, psicóloga de la Casa Cuna Santa Isabel, cuya Directora, Sor Aurora Gallego, estuvo presente en el acto. Presentó el trabajo de la Casa y de las Siervas de la Pasión a favor de la vida humana, resaltando el apoyo a las embarazadas en dificultades, que no solo encuentran apoyo material, sino acompañamiento y ayuda de carácter personal para superar las dificultades. Leyó el emotivo testimonio de dos mujeres ayudadas a llevar a término su embarazo.

En segundo lugar tomó la palabra Isabel Alastrué, una joven valiente de 30 años que tiene una discapacidad (espina bífida). Explicó su enfermedad y las 30 operaciones que ha padecido, algunas muy duras, pero señaló que esto no hace su vida menos digna o valiosa que otras, puesto que ella ha sido capaz de luchar cada día para salir adelante y conseguir muchas de sus metas. Mostró su indignación con aquellos que tildan a las personas con discapacidad de deformes o caros de mantener y rechazó enérgicamente los planteamientos del aborto eugenésico, defendido incluso por determinados médicos.

A continuación se reprodujo un vídeo de REDMADRE, Hazte voluntario de REDMADRE

https://www.youtube.com/watch?v=fGt_a9wbONk

llamada a la colaboración y apoyo a la maternidad. Se presentó la nueva Junta Directiva de REDMADRE en Valencia.

logo

Finalmente intervino D. Ignacio García-Juliá García, Director General del Foro Español de la Familia (FEF). Señaló diferentes posibilidades de actuación concreta en nuestra sociedad en los ámbitos de la defensa de la vida, la maternidad, la familia y la libertad de educación. Explicó el trabajo del FEF en estos campos. Invitó a todos los asistentes a tomar parte en estas acciones o en las asociaciones que quisieran, pero recordando que la sociedad civil debe tener un papel activo en la defensa de sus derechos y que no debe esperar que todo se le dé hecho y decidido.

El 8 de abril terminó el ciclo con la conferencia titulada “¿La defensa de la vida, tarea educativa?”, impartida por Vicente Morro López, Vicepresidente del FVF y de FCAPA. Esta conferencia está incluida en el programa de formación que la Federación ofrece anualmente a las APA federadas. En la conferencia se insistió en la importancia de hacer presente en el ámbito educativo la importante tarea de defender la vida humana, repasando algunas de las amenazas que la acosan en nuestra sociedad y resaltando el trabajo de muchas entidades y asociaciones en favor de la vida.

Los audios de las conferencias se podrán escuchar en breve en la página web de la Federación. En este momento se puede acceder a ellos en:

http://www.tufamiliaprimero.com/temas/agenda/

Vicente Agustín Morro López

Vicepresidente FCAPA

FAMILIA: EDUCACIÓN Y LIBERTAD – I Jornada sobre Superdotación y Talento

El pasado 25 de enero se desarrolló en Valencia, en el Aula Magna de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación, la I Jornada sobre Superdotación y Talento, organizada por el Instituto Valenciano de Altas Capacidades (IVADACS) junto con el Consejo Superior de Expertos en Altas Capacidades y la Confederación Española de Asociaciones de Altas Capacidades. La organización, consciente del papel fundamental que juega la familia en la educación de sus hijos –como objetivo y como proceso-, decidió invitar a esta Federación a participar en el encuentro.

I_jornada_superdotacionLa ponencia presentada por FCAPA tenía por título “Familia: educación y libertad”. La propuesta de FCAPA es que el derecho de la familia a elegir el tipo de educación que quiere para sus hijos debe ser el centro de la acción educativa. Los padres somos los primeros responsables de la educación de nuestros hijos. La escuela y el estado, deben ayudar a la familia en su tarea, pero no tratar de substituirla. La familia debe estar en la cima del sistema educativo y las normas –leyes, decretos, órdenes, instrucciones de los centros- y las instituciones –estado, comunidades autónomas, administración local, centros escolares- deben servirla y complementar su trabajo en beneficio de los alumnos.

 A este respecto en la ponencia se recordó que «la escuela es el lugar de encuentro entre padres, alumnos y profesores. Los maestros, como primeros colaboradores de los padres, se convierten en testigos y heraldos insustituibles para facilitar a los padres su misión originaria. Pero los padres, al igual que los profesores, necesitan conocimientos, reciclaje y reencontrar día a día motivos, herramientas y métodos para ayudar a sus hijos a crecer como personas para desarrollar todas sus capacidades al servicio del bien común.»(El derecho preferente de la educación y la subsidiariedad. RODRÍGUEZ SANTOS, José J.)

FCAPA recordó también las principales normas, de derecho internacional y nacional, que reconocen el papel fundamental de los padres en este ámbito. Empezando por la Declaración Universal de Derechos Humanos (10-12-1948): Art. 26.3: Los padres tienen derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos; pasando por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (Consejo de Europa. 4-11-1950). Protocolo Adicional I, art. 2. Derecho a la instrucción (1952): A nadie se le puede negar el derecho a la instrucción. El Estado, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo de la educación y de la enseñanza, respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas; continuando con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (16-12-1966): Art. 18.4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones; y terminando, en el ámbito internacional, con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000. DOUE 30-3-2010): Artículo 14. Derecho a la educación: Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.

En el ámbito de la legislación nacional se citó la LOMCE,  Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa, que al modificar la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) establece en el artículo 1 lo siguiente: h bis)

El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos… q) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales

I_jornada_superdotacion2También se hizo mención de una importantísima Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de fecha 12 de noviembre de 2012, que recoge el mandato constitucional que reconoce el derecho de las familias, en su F.D. 3º:Como derivación directa de las previsiones del artículo 27 CE, puede proclamarse el derecho a la educación como un derecho a educarse en libertad. Ello, además, tiene regulación directa en el Primero de los Protocolos Adicionales del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (que he citado más arriba), del que deriva un derecho a educarse en libertad. Y proyección directa de ese derecho a educarse en libertad es el derecho de los padres a asegurar que la educación y enseñanza de sus hijos menores se haga conforme a sus convicciones, morales y filosóficas. Y de ahí deriva el derecho de los padres a elegir lo que consideren mejor para sus hijos. Y ese derecho de los padres, se traduce, necesariamente, en la necesidad de que deben prestar su consentimiento respecto de las distintas opciones educativas que puedan plantearse por la administración.

En relación con el tema específico de la debida atención a la superdotación y al respeto a las decisiones de las familias en este ámbito, FCAPA recordó la Convención Internacional de Derechos del Niño (ONU. 20-11-1989): Art. 29.1: «Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a: a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.»

Finalmente, la ponencia terminó citando al profesor Javier ORRICO, recordando un texto suyo que hacía presente lo esencial para los padres: «Un debate sobre la enseñanza, sobre la educación que es su consecuencia, es siempre en el fondo un debate sobre la felicidad, sobre cómo preparar a los niños y a los jóvenes para conseguirla, para hacer frente a la vida.» Esto es lo que más nos preocupa a las familias, la felicidad y el futuro de nuestros hijos. Por eso nadie podrá sustituir nunca a la familia en su tarea educativa, pues es además una tarea de humanización plena.

FCAPA agradeció al Instituto Valenciano de Altas Capacidades la oportunidad de participar en una jornada de tan alto nivel técnico y científico y con unas interesantísimas ponencias. La Federación invita a conocer el documento anunciado por los organizadores, “Guía Científica de las Altas Capacidades”, que a la vista de lo adelantado es de sumo interés para todas las familias, pudiendo descargarse desde la web:

http://cse.altas-capacidades.net/shop/

 Vicente Agustín Morro López

Vicepresidente de FCAPA

 Vicepresidente 1º Foro Valenciano de la Familia