Ayudas para asociaciones

Se ha publicado en el DOGV nº 9577 de hoy -18.04.2023-, la Resolución de 29 de marzo de 2023 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan “subvenciones para financiar el fomento de actividades de la participación, asociación y formación de familias del alumnado, realizadas por las asociaciones de familias del alumnado de centros no universitarios de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos”.


El importe destinado a las asociaciones consiste en una ayuda de 900 euros para las 250 solicitudes mejor valoradas en aplicación del baremo siguiente:
• Dos puntos por unidad o especialidad del centro docente en que esté la asociación hasta un máximo de 20 puntos. Los CRA y los que tengan un porcentaje igual o superior al 50% del alumnado con necesidades de compensación de desigualdad o que estén ubicados en barrios desfavorecidos obtendrán 5 puntos adicionales. La puntuación máxima será de 25 ptos.
• Proyecto de actividades: a) Formación que favorezca la implicación de las familias en el proceso educativo y evolutivo de los hijos, hasta 25 puntos; b) Formación para mejorar cualitativamente la representatividad en el consejo escolar del centro y colaborar en el funcionamiento general del colegio, hasta 25 puntos; c) Actividades culturales, deportivas y recreativas, hasta 25 puntos. La puntuación máxima será de 75 ptos.


Para que la asociación pueda solicitar la ayuda ha de estar inscrita en el censo de asociaciones de madres y padres de alumnos de la Conselleria de Educación, y ha de cumplimentar de manera electrónica el modelo de solicitud disponible en la web: http://www.ceice.gva.es/va/web/madres-padres-alumnos/subvenciones al que ha de acompañar en formato PDF la siguiente documentación:

  1. Proyecto de actividades del curso académico 2022-2023.
  2. Presupuesto desglosado de las actividades.
  3. Modelo de domiciliación bancaria disponible en la página web indicada.

Tanto la solicitud como el resto de los documentos que se han de presentar deben firmarse electrónicamente con el certificado de persona jurídica o con el certificado digital de la persona que represente a la persona jurídica registrado previamente en el Registro de representantes de la Generalitat.


El plazo de solicitudes finaliza el miércoles 10 de mayo de 2023. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web indicada una relación de las entidades solicitantes que deban subsanar la solicitud o adjuntar los documentos preceptivos que se especifiquen en un plazo de 10 días, en caso contrario, se considerará que se desiste de la solicitud.

Texto Resolución 29 de marzo de 2023 por la que se convocan las ayudas

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