Ayudas a la escolarización de 0 a 3 años
Ha salido publicada la Orden 14/2024, de 19 de junio de 2024 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros de primer ciclo de Educación infantil (0 a 3 años) para el curso 2024-2025 (DOGV núm. 9875, 20.06.2024).
Los beneficiarios serán los legales representantes de los menores de 0 a 3 años matriculados en los mencionados centros, quienes:
– Cumplimentarán la solicitud de forma telemática en el plazo de un mes desde la publicación (hasta 20 julio 2024), con el número de SIP del alumno y el código de matrícula que les facilitará el centro educativo, por medio del enlace https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/ayudas/subvenciones/educacion-infantil-primer-ciclo
Se podrá presenar la solicitud fuera del plazo indicado en los casos siguientes:
- Alumnado nacido después de la finalización del plazo de solicitudes y hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Alumnado en acogimiento familiar o residencial; en guarda con fines de adopción; en régimen de protección temporal; descendiente de víctima de violencia de género o mujer en riesgo de exclusión social.
- Traslado de residencia de la unidad familiar; situación de discapacidad sobrevenida de cualquier miembro de la unidad familiar; o agrupamiento de la unidad familiar que implique cambiar de colegio.
- Incorporación al mundo laboral de alguno de los legales representantes del menor matriculado después de la finlaización del plazo de presentación de solicitudes.
Quienes no dispongan de medios o conocimientos suficientes para la presentación telemática podrán presentarla en el centro donde esté matriculado el menor, cumplimentando y firmando la solicitud junto con la documentación necesaria.
La solicitud incluye la autorización para que la tramitación se efectúe por el centro y el pago de la ayuda se realice al mismo. En el caso de que para un mismo alumno se presente solicitud en más de un centro, será válida la última presentada.
– Deberán justificar mensualmente la asistencia del menor al centro.
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