Ayudas a la escolarización de 0 a 3 años, curso 2025-2026
Ha salido publicada la Resolución de 10 de julio de 2025 de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se convocan las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de primer ciclo de Educación infantil (0 a 3 años) para el curso 2025-2026 (DOGV núm. 10151, 15.07.2025).
Los beneficiarios serán los legales representantes de los menores de 0 a 3 años matriculados en los mencionados centros, quienes:
– Cumplimentarán la solicitud de forma telemática en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOGV (hasta 30 julio 2025), con el número de SIP del alumno y el código de matrícula que les facilitará el centro educativo, por medio del enlace https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/ayudas/subvenciones/educacion-infantil-primer-ciclo
Se podrá presenar la solicitud fuera del plazo indicado en los casos siguientes:
- Alumnado nacido en 2025, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, presentando documentación oficial acreditativa de la fecha de nacimiento del alumno o alumna para quien se solicita la ayuda.
- Alumnado en acogimiento familiar o residencial o guarda con fines de adopción; desplazado acogido en régimen de protección temporal; descendiente de víctima de violencia de género; afectado por desahucio familiar o por situaciones de exclusión social; en situación de emergencia para garantizar la atención socioeducativa del alumno afectado.
- Traslado de residencia de la unidad familiar; situación de discapacidad sobrevenida de cualquier miembro de la unidad familiar; o agrupamiento de la unidad familiar que implique cambiar de colegio.
- Incorporación al mundo laboral de alguno de los legales representantes del menor matriculado después de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Alumnado matriculado en un puesto escolar de un aula subvencionada en una escuela infantil municipal.
Quienes no dispongan de medios o conocimientos suficientes para la presentación telemática podrán presentarla en el centro donde esté matriculado el menor, cumplimentado y firmando la solicitud junto con la documentación necesaria.
La solicitud incluye la autorización, por parte de la persona solicitante, a que la tramitación y el pago de la ayuda se realice a través del centro. En el caso de que para un mismo alumno se presente solicitud en más de un centro, será válida la última solicitud presentada según la fecha y hora del registro de entrada.
– Deberán justificar mensualmente la asistencia del menor al centro.