Elecciones al consejo escolar de centro

Se ha publicado la Resolución de 22 de septiembre de 2023 de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, sobre la convocatoria de elecciones a consejos escolares de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana ((DOGV nº 9692 / 27.09.2023), que se celebrarán el jueves 23 de noviembre de 2023.

Las familias podrán votar de manera no presencial enviando su voto a la mesa electoral del centro por correo certificado, o entregándolo a la dirección del centro o a la mesa mediante mensajero, familiar o mandatario, antes de que finalice el escrutinio. Para garantizar el secreto de voto se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la mesa electoral correspondiente, o bien se podrá entregar, al menos, a partir de los cinco días lectivos anteriores al de la votación a la Dirección del centro y lo custodiará hasta su entrega a la mesa electoral. El día de las elecciones también se podrá entregar ante la mesa electoral. El sobre contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.

La junta electoral se ocupará de organizar el procedimiento de elección de las personas miembros del consejo escolar en las condiciones que mejor aseguren la participación de todos los sectores de la comunidad escolar, y no podrán formar parte de las mesas electorales las personas que hayan presentado candidatura por el sector correspondiente ni las que formen parte de la junta electoral, a excepción de la Dirección del centro.

A las personas candidatas se les facilitarán los recursos necesarios para que puedan darse a conocer al electorado. A las candidaturas de los sectores de las familias se les facilitarán locales para las reuniones. Asimismo, las personas que forman parte de las asociaciones de madres y padres de alumnos podrán acceder a los centros para exponer sus programas dentro del horario que determine la dirección del centro.

Recordad que el representante de la AMPA ha de ser nombrado nuevamente cuando en vuestro centro educativo se renueve la segunda mitad del Consejo Escolar antes de la constitución del Consejo Escolar pues, en caso contrario, las personas representantes del sector de las familias serán elegidas todas por votación y no se podrá llevar a cabo esta designación de la AMPA hasta el siguiente proceso electoral.

Os proporcionamos una tabla-resumen con fechas de interés a tener en cuenta.

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